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Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres

icona_pdf28Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres

Fuente: BOE (España)

La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo para la igualdad efectiva de mujeres y hombres se ocupa, en su Título VII, de la responsabilidad social de las empresas en materia de igualdad de forma explícita. De acuerdo con ello, el artículo 73 de la Ley afirma que :

“Las empresas podrán asumir la realización voluntaria de acciones de responsabilidad social, consistentes en medidas económicas, comerciales, laborales, asistenciales o de otra naturaleza, destinadas a promover condiciones de igualdad entre las mujeres y los hombres en el seno de la empresa o en su entorno social”. La realización de dichas acciones podrá ser concertada con la representación de trabajadores y trabajadoras, las organizaciones de consumidores y otras asociaciones cuyo fin primordial sea la defensa de la igualdad de trato. En cualquier caso, se informará a los representantes de los trabajadores de las acciones que no se concierten con los mismos.

Esta ley alerta de la publicidad engañosa en materia de igualdad responsable al decir “El Instituto de la Mujer, u órganos equivalentes de las Comunidades Autónomas, estarán legitimados para ejercer la acción de cesación cuando consideren que pudiera haberse incurrido en supuestos de publicidad engañosa “.

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