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RESPONSABILIDAD SOCIAL Y EMPLEO

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¿Qué es la responsabilidad social empresarial (RSE)?

En su concepción actual se refiere a como las empresas a como se relacionan y como impactan con la sociedad y con el entorno. La Unión europea la vincula con “la integración voluntaria por parte de las empresas de las preocupaciones sociales y medioambientales en sus operaciones empresariales y en las relaciones con sus interlocutores”

En el Estado español, siguiendo las directrices marcadas por la Unión Europea en esta materia, la Comisión de Trabajo y Asuntos sociales del Congreso de los Diputados aprobó el 27 de junio de 2006, un Informe sobre las conclusiones de la Subcomisión sobre Responsabilidad Social de l’Empresa donde se recoge la definición de la RSE aclarando desde el principio que “terminológicamente (…) se ha preferido la denominación RSE ya que permite incluir a las pequeñas y medianas empresas y no sólo a las grandes sociedades anónimas” y es que corporativa aplicado a la responsabilidad social “proviene directamente de los (términos) ingleses corporation y corporate circunscritos a las grandes sociedades anónimas que cotizan”.

La RSE busca el compromiso de las empresas con el desarrollo social, la preservación del medio ambiente, el desarrollo económico sostenible y la ética. Los poderes públicos deben tener una actitud proactiva ante un planteamiento que se presenta como una respuesta empresarial de contribución voluntaria con la defensa y la promoción de los derechos sociales y medioambientales y una responsabilidad ante las consecuencias de sus actuaciones.

Los cambios en las expectativas de los ciudadanos en relación con las empresas han propiciado un incremento de las aportaciones de éstas a la sociedad. Y ello ha hecho que las empresas se relacionen con valores como la solidaridad, la justicia distributiva, la protección de colectivos especialmente vulnerables, etc. Frecuentemente, las motivaciones iniciales no son tanto de tipo ético como económicas, ya que las empresas perciben que una actitud activa hacia los problemas sociales y medioambientales les puede producir beneficios comerciales. Es decir, las empresas perciben que vincularse con la defensa de valores de la RSE puede ser rentable y que ello las coloca en una posición de ventaja competitiva. De esta manera, se vinculan voluntariamente con los diferentes aspectos que integran la Responsabilidad Social Empresarial por miedo a que, de no hacerlo, les comporte una pérdida de su situación en el mercado.

Se pueden clasificar las medidas de responsabilidad social según el ámbito o la dimensión dónde se proyecten sus efectos:

• Ámbito interno: la RSE se vincula con estrategias que, más allá de lo que exige el cumplimiento estricto de la ley, se proyectan sobre el capital humano de la organización. Por eso incluye aspectos como: la negociación colectiva, la conciliación de la vida familiar, la igualdad entre hombres y mujeres, las medidas de protección ambiental en el seno de la empresa, etc.

• Ámbito externo: se ocupa de los derechos de los clientes y consumidores, del respeto a los derechos humanos, de la acción cultural, medioambiental o social de las empresas (con asignación de recursos económicos para proyectos y programas solidarios) así como la preocupación por controlar que los proveedores utilicen criterios responsables. Incluye aspectos relacionados con la información, la transparencia y la rendición de cuentas (accountability) o de impacto de las actuaciones sobre el entorno.

La Responsabilidad Social de la Administración

“Actualmente hablar de Responsabilidad Social está a la orden del día. Sin embargo el papel del sector público en este proceso ha sido hasta el momento muy limitado y centrado casi exclusivamente en la idea de favorecer su consolidación. Sin embargo, a medida que se ha ido desarrollando este nuevo fenómeno, se hace patente su importancia en relación con las políticas públicas.

Ya no se trata sólo de facilitar los comportamientos responsables en el sector privado, sino también de verificar y controlar que estos realmente se produzcan; además de actuar decididamente para impulsar también la Responsabilidad Social en el ámbito público.

Los poderes públicos tienen pues un doble papel en todo este proceso, el que deriva de su vinculación con la RSE, y el que proviene de la obligación de aplicar sus exigencias en la gestión interna de sus administraciones. Este planteamiento, que incluye tanto las políticas ante la RSE como la aplicabilidad de sus exigencias en el ámbito público, lo hemos llamado Responsabilidad Social Pública, asumiendo que es aquella cuya iniciativa depende de los poderes públicos.

En el proceso de reflexión sobre la Responsabilidad Social se admiten muchas vías posibles de actuación. La perspectiva es plural tanto en la concepción como en las formas de manifestación. Incluso entre aquellos que creen en la necesidad que los poderes públicos asuman un papel preeminente en todo este proceso, no existe uniformidad sobre el tipo de intervención que esta exigencia implica.

De hecho, coligar Responsabilidad Social y Administración pública no es una operación ausente de conflicto. Primero, por la inexistencia de una concepción unívoca de la Responsabilidad Social Empresarial, categoría inicial y de la que en definitiva deriva la Responsabilidad Social de los poderes públicos; y segundo, por la dificultad de defender una propuesta que a priori sólo parece poder justificarse desde la lógica empresarial.

A pesar del impulso indudable que tiene la teoría de la Responsabilidad Social Empresarial, esta también tiene detractores y con justificaciones diversas: se la ha acusado de ser un mero ejercicio de marketing publicitario; de inconcreción y de tener un contenido de carácter subjetivo; de la estrecha vinculación con la ética y las dificultades que implica relacionar ésta con la racionalidad económica que obliga a las empresas. En la misma línea argumental se insiste en la imposibilidad de hablar de responsabilidad de las organizaciones o de atribuir a la empresa una función que corresponde a los poderes públicos afirmando que no se puede les puede pedir que respondan a unas expectativas ciudadanas imprecisas cuando además carecen de la legitimidad democrática para hacerlo.

En definitiva, aunque los argumentos contrarios a la RSE existen, la realidad es que ya no es posible prescindir de ella. Primero, porque crece de manera imparable. Y segundo, y sobretodo, porque la transformación de la realidad que supone la globalización, ha modificado el papel de las empresas al aumentar su poder y, por lo tanto, su responsabilidad.

El enfoque tradicional de la empresa basada en la maximización del beneficio, contrasta con el nuevo enfoque comunitario que no la considera como un ente abstracto sino como una institución social con personalidad jurídica independiente de la de sus participantes y con derechos y obligaciones propias.

La significación actual de la Responsabilidad Social proviene de un cambio en la manera de ver a la empresa y de una ampliación de las expectativas ciudadanas con respecto a ésta. La nueva realidad obliga a los poderes públicos a participar en todo el proceso, no sólo estimulando la Responsabilidad Social Empresarial o verificando las buenas prácticas y las estrategias de las empresas en este sentido; sino también promoviendo la creación de un entorno propicio a su desarrollo o influyendo claramente en la mejora de prácticas responsables en el mercado a través de la contratación pública. Sin contar que, además, las administraciones públicas pueden contribuir decididamente integrando las demandas de la Responsabilidad social en su ámbito de gestión.

En los últimos tiempos proliferan las declaraciones de la comunidad internacional reclamando la vinculación de los Estados y de sus administraciones en la defensa y promoción de la Responsabilidad Social. Hacer efectivo este discurso implica tener claras dos cosas: cuál debe ser el papel que los poderes públicos deben representar, y entender las maneras diferentes con que este papel puede llevarse a la práctica.

La Responsabilidad Social de los poderes públicos tiene una personalidad autónoma y diferenciada de la RSE.  Identificar y separar sus rasgos esenciales no es sin embargo una tarea fácil. Efectivamente, a las dificultades de falta de concreción teórica de la RSE, existen las provinentes de la función que de manera natural recae en los poderes públicos. Si aceptamos que éstos deben asegurar el interés general por definición, no es verdad que deben ser en este sentido y per se, socialmente responsables? Si la Administración pública está obligada por ley a hacer suyas y a vincular sus actuaciones a la consecución de este objetivo, ¿no podemos concluir que esta finalidad ya incluye de manera natural su responsabilidad social? De esta manera, si el concepto se diluye en la misma esencia del planteamiento, ¿puede existir realmente una responsabilidad social de los poderes públicos? “

Introducción de la obra: La Responsabilidad social de los poderes públicos. Un reto del siglo XXI. Marta Puig Campmany y Andreu Joan Martínez Hernández (2008)

Colaboran Aecid Fundación AEquitas Omudi Gestió Social Congreso Permanente

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